De la Redacción de TestigoUrbano Agencia de Noticias. VIERNES 13 de Mayo 2022. Imágen Picmix
Con fundamento legal en artículo 142 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito, y por acuerdo de mayoría, (4 a 1) la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN, dijo sí a que el SAT ingrese a la información bancaria de empresas y personas físicas sin orden judicial.
Informaron que la medida es para evitar: delincuencia organizada, terrorismo, lavado de dinero, defraudación fiscal y el pago correcto de impuestos.
Ante la acumulación de protestas y cuestionamientos, los jueces afirmaron que: No es arbitrario, desproporcionado, ni vulnera el derecho a la vida privada. Y que la autoridad hacendaria federal requiere información para fines bancarios sin que sea necesaria la mediación de autoridad judicial.
Es decir, el SAT podra «hechar ojo» a la informacion contable y financiera de cualquier persona moral o física y en cualquier banco. Así, el llamado «secreto bancario» en la práctica queda sin efectos y la facultad de la autoridad hacendaria federal para requerir información con fines fiscales sin autorización judicial prevalece sin, dicen, vulnerar el derecho a la privacidad de las personas.
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